La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el rechazo a la pretensión del represor Mario “Churrasco”Alfredo Sandoval de acceder a la prisión domiciliaria, dispuesto en septiembre por el Tribunal Oral Federal 5 que debe juzgarlo por su actuación en la ESMA. El juez Alejandro Slokar, que encabezó el voto mayoritario, argumentó que el imputado “ha evolucionado favorablemente” y fue dado de alta del Hospital Churruca luego de contagiarse de coronavirus. Además, el magistrado destacó que en el penal de Ezeiza recibe atención médica y se aloja en un sector sub-poblado, recordó que se mantuvo prófugo durante años en Francia, donde se amparó en su doble ciudadanía para no rendir cuentas de actuación en el terrorismo de Estado, y señaló el riesgo de fuga y de entorpecimiento de la investigación en caso de concederle el beneficio. La misma postura tomó el juez Carlos Mahiques. En tanto, Guillermo Yacobucci votó en disidencia
Sandoval era en 1976 oficial subinspector en la Superintendencia de Seguridad Federal cuando tomó los primeros cursos de instrucción en “lucha antisubversiva” y fue destinado al Grupo de Tareas 3.3 de la ESMA. Ya en las denuncias de sobrevivientes ante la Conadep en 1984 figura con el alias “Churrasco” como “agente operativo” al servicio de la Armada.
Tras la dictadura se mezcló con paramilitares colombianos y luego se instaló en Francia, donde ascendió social y profesionalmente. Desde allí resistió con éxito durante años el pedido de extradición de la justicia argentina, que se concretó recién hace un año, el 15 de diciembre de 2019. En marzo pasado fue procesado como partícipe necesario de la privación ilegal de la libertad de Hernán Abriata el 30 de octubre de 1976. Abriata militaba en la Juventud Universitaria Peronista, estuvo en cautiverio en la ESMA y continúa desaparecido.
El 18 de septiembre el Tribunal Oral Federal 5 le negó por segunda vez un pedido de arresto domiciliario y encomendó al director de la Unidad 34 del Servicio Penitenciario Federal (la cárcel de Ezeiza) garantizar la atención médica y sanitaria del represor conforme a los protocolos por el Covid-19. El tribunal citó informes del Hospital Churruca en los que consta que “Sandoval evolucionó con motivo de la enfermedad de Covid-19 con la debida atención y de igual forma en que lo estaría haciendo una persona en libertad que tuviera la posibilidad de internarse en un nosocomio de primer nivel, a punto tal que ya se ha recuperado y fue dado de alta”. Apuntó que su encierro no atenta “contra el debido resguardo de su salud” y resaltó que está imputado por crímenes de lesa humanidad, por lo que no corresponde concederle la domiciliaria dado que “en caso de una posible fuga, ello tornaría ilusorio su juzgamiento”.
El defensor oficial Germán Carlevaro apeló ante Casación. Sostuvo que las medidas del Servicio Penitenciario “no fueron suficientes” para evitar el contagio, que su defendido no está condenado sino con prisión preventiva, advirtió sobre el “riesgo de reinfección” y sobre “la salud emocional” de Sandoval, que tiene 67 años. La querella que encabeza el sobreviviente Carlos García, por su parte, sugirió rechazar el pedido, destacó que la domiciliaria implica un riesgo para sobrevivientes y familiares de víctimas ya que Sandoval “sistemáticamente ha proferido calumnias, amenazado e incitado a la violencia contra integrantes de H.I.J.O.S.”, y recordó que estuvo prófugo durante años en Francia.
La defensa sólo expuso “meros juicios discrepantes”, los minimizó Slokar al fundar su rechazo. Repasó los argumentos del TOF-5 y los propios de Casación en otros casos. Según su acordada 9/2020 se debe “meritar con extrema prudencia y carácter sumamente restrictivo la aplicabilidad de estas disposiciones –en referencia a los eventuales beneficios para evitar contagios de coronavirus– en supuestos de delitos graves”. La misma acordada recomendó considerar especialmente la posición de las víctimas.
Sobre el cuadro clínico del imputado, Slokar advirtió que “ha evolucionado favorablemente”, según informó el Hospital Churruca y la propia Unidad 34, a la que se reintegró el 14 de septiembre. Allí recibe un seguimiento por sus patologías, cuenta con médico y enfermero las 24 horas, y con ambulancia y chofer para traslados de urgencia. Según el informe recibido se encuentra “en buen estado general, compensado hemodinamicamente, lúcido, normotenso, hidratado, afrebril, autoválido, se moviliza por sus propios medios sin dificultad”, citó a los médicos, y destacó que “el sector donde está alojado se encuentra subpoblado”, ya que según le informó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aloja a 63 personas y tiene una capacidad operativa para 112, es decir tiene un 56% de ocupación. Añadió que Sandoval ni siquiera cumple con “la exigencia etaria” de los 70 años para analizar la posibilidad del arresto domiciliario, recordó que está detenido hace menos de un año luego de haberse mantenido prófugo, y que es imprescindible tener “un especial deber de cuidado para neutralizar toda posibilidad de fuga o entorpecimiento de la investigación”, en resguardo de los compromisos asumidos por el Estado de investigar y juzgar las graves violaciones a los derechos humanos.
Mahiques, a su turno, sostuvo que “la sola pertenencia a un grupo de riesgo no configura per se un supuesto de peligro concreto que amerite la concesión” de la prisión domiciliaria. Reiteró que el imputado tuvo “una evolución y recuperación favorable del contagio de Covid-19 que sufrió” y repasó los informes del Churruca. Merituó que estuvo prófugo, que lleva apenas un año detenido, que la causa está en el TOF-5 en la etapa en que las partes ofrecen pruebas antes del juicio oral y que “las referidas condiciones no sólo permiten inferir la existencia de un peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación” sino que son incompatibles con la acordada ya citada.
Yacobucci, que a lo largo del año y por lo general junto con Mahiques avaló sistemáticamente los pedidos de domiciliarias de represores, no se explayó en su negativa por estar “sellada la suerte del recurso con los votos concordantes de los colegas”. Sólo apuntó su opinión sobre “la razonabilidad del arresto domiciliario mientras persistan los riesgos concretos para su salud”.
