El vocero presidencial, Manuel Adorni, anunció en conferencia de prensa “una serie de modificaciones al régimen migratorio”, principalmente vinculadas a la deportación de extranjeros que cometen delitos y el pago de servicios de salud y de educación.
Si bien la medida aún no fue oficializada, el comunicado oficial informa que las modificaciones se implementarán mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU).
La ley migratoria vigente ya contempla algunos de los puntos mencionados por Adorni en Casa Rosada, aunque resta ver el detalle de las modificaciones una vez que sean oficiales. La Justicia federal ya había declarado inconstitucional la reforma migratoria que el gobierno de Mauricio Macri (Cambiemos) realizó por DNU en 2017 (luego derogada por Alberto Fernández) por eludir la intervención del Congreso, entre otros motivos.
¿Qué anunció el Gobierno sobre el régimen migratorio?
Adorni, en primer lugar, se refirió al rechazo de migrantes en las fronteras. Anunció que “cualquier condenado que intente ingresar a través de la frontera, será rechazado por las autoridades migratorias”. Luego, indicó que “quienes sean encontrados en flagrancia, ingresando por pasos no habilitados, serán inmediatamente expulsados”.
Además, apuntó sobre los migrantes que cometen delitos en el país: “Todo aquel que sea condenado por cometer un delito, será deportado -sea el delito que sea- y se van a acortar los plazos de los procesos de apelación para las expulsiones, que hoy resultan eternos”.
Por otro lado, el vocero habló de los “tours sanitarios” y anunció restricciones: “A partir de ahora, los inmigrantes ilegales, residentes transitorios y temporales, deberán pagar por los servicios de salud. Y quienes ingresen a la Argentina, tendrán que presentar un seguro médico para garantizar esa capacidad de pago”.
E insistió con otra restricción a la que el Gobierno ya apuntó en varias oportunidades: “Se habilitará a las Universidades Nacionales a cobrar sus servicios, si así lo desean, respetando la autonomía universitaria”. El Ministerio de Capital Humano confirmó que “la educación primaria y secundaria continuará siendo gratuita para todos los residentes”.
Por último, Adorni dijo: “Van a ser más severos los requisitos para obtener la residencia permanente y la ciudadanía argentina. La ciudadanía argentina sólo se va a otorgar a quienes residan de forma continua durante 2 años en el país, sin abandonar el territorio nacional. Quienes entren o permanezcan de forma irregular ya no van a ser recompensados con la ciudadanía, como ocurría hasta ahora”.
Algunas reformas ya están contempladas en la ley migratoria vigente
Diego Morales, director del área de Litigio y Defensa Legal del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y especialista en migración, indicó a Chequeado: “Una persona con antecedentes penales en el extranjero no puede ingresar a la Argentina. Tampoco podés ingresar a la Argentina si lo haces a través de pasos que no están habilitados o si traes documentación falsa. Entonces, son supuestos que ya están previstos en la ley”.
La Ley de Migraciones, sancionada en diciembre de 2003, dispone en el artículo 29 un listado de “causas impedientes del ingreso y permanencia de extranjeros”. Entre los motivos de rechazo incluye haber “sido condenado o estar cumpliendo condena, en la Argentina o en el exterior, o tener antecedentes por tráfico de armas, de personas, de estupefacientes o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas” o delitos con pena mayor a 3 años.
También prohíbe el ingreso y permanencia de quien quiera “intentar ingresar o haber ingresado al Territorio Nacional eludiendo el control migratorio o por lugar o en horario no habilitados al efecto”.
Por otro lado, en nuestro país al menos 5 jurisdicciones implementaron medidas para cobrar a extranjeros con residencia transitoria o precaria la atención en hospitales públicos: Salta, Mendoza, Jujuy, Santa Cruz y la Ciudad de Buenos Aires (CABA).
Extranjeros que cometen delitos en el país: cambios y continuidades
Con la ley vigente, la Dirección Nacional de Migraciones puede cancelar una residencia otorgada si la persona extranjera hubiese sido condenada en el país por una pena mayor de 5 años. Una vez cumplida la condena, debe transcurrir un plazo de 2 años hasta que se dicte sentencia definitiva de cancelación de residencia.
“Lo novedoso sería que se amplíen esas categorías, por ejemplo, que por cualquier razón o por un delito de flagrancia se pueda expulsar”, señaló a este medio Gabriela Liguori, directora Ejecutiva de la Comisión Argentina para los Refugiados y Migrantes (CAREF). Adorni adelantó que todos los condenados serán deportados, sea el delito que sea.
Morales explicó: “En la actualidad los antecedentes penales que se exigen son antecedentes penales vinculados a hechos graves. Entonces este sería un cambio significativo; ya se intentó en el 2017 y la Justicia declaró que esa reforma había sido inconstitucional”.
En enero de 2017, el gobierno de Macri dictó el DNU 70/2017, que ampliaba las causales de expulsión y restringía los plazos procesales para la defensa de las personas migrantes.
Sin embargo, en marzo de 2018, la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal declaró la inconstitucionalidad de ese DNU. Los jueces argumentaron que el decreto constituía una apropiación de facultades legislativas sin causa que la justificara, recogía soluciones incompatibles con los estándares de derechos humanos, y vulneraba la garantía del debido proceso y el derecho de defensa de las personas migrantes.
Liguori agregó que aquel decreto contenía una “serie de cuestiones absolutamente inconstitucionales”, como “procedimientos de 5 días para dictaminar una expulsión y que la expulsión pudiera aplicarse en personas que ya habían cumplido condena, que habían cometido delitos menores o aún estando procesadas”.