Tras la denuncia de Milei a dos periodistas, el juez Ariel Lijo descartó que existieran pruebas para configurar la causa dentro de los delitos de espionaje o revelación de secretos oficiales y y aseguró que “los hechos investigados se encuentran fuera de la órbita del derecho penal”.
“No se verifica en las grabaciones realizadas información alguna que permita siquiera presumir algún riesgo concreto”, con esa sentencia el juez Ariel Lijo acompañó la decisión del fiscal Gerardo Pollicita y cerró la causa presentada por el Poder Ejecutivo contra TN por presunto espionaje ilegal por la grabación en vivo de los pasillos de la Casa Rosada que difundió el programa “Y mañana qué?”.
Tras la emisión de ese programa, el presidente Javier Milei posteó imágenes de la periodista Luciana Geuna presa y el Gobierno aprovechó para cerrar la sala de prensa por más de una semana, negando el trabajo de los periodistas acreditados de todos los medios, algo que nunca había ocurrido, ni siquiera durante la dictadura.
Pero el juez Lijo consideró que la denuncia del Poder Ejecutivo no significó riesgo concreto o real “a la seguridad de la Nación o de los funcionarios del Poder Ejecutivo que allí se desempeñan”. Incluso, el magistrado señaló que las imágenes difundidas por TN “en su mayoría, eran ya conocidas por el público en general, a través de múltiples fuentes de acceso libre”.
Para presentar la demanda e insultar durante días a periodistas por el supuesto ataque a la seguridad nacional, el Gobierno había argumentado –con la presentación hecha por el jefe de la Casa Militar, Sebastián Ignacio Ibáñez– que el móvil realizado por el periodista Ignacio Salerno, con unas lentes con cámara incorporada, mostraron lugares sensibles de la Casa Rosada.
Pero Lijo descartó que existieran pruebas para configurar la causa dentro de los delitos de espionaje o revelación de secretos oficiales y y aseguró que “los hechos investigados se encuentran fuera de la órbita del derecho penal”.
En su dictamen previo, con el que coincidió Lijo, el fiscal Pollicita había solicitado la “inexistencia de delito” y recordó al Gobierno que no hay “noticias, documentos, informaciones u objetos de orden político, social, militar o económico que deban permanecer secretos”.
