viernes, noviembre 6, 2026

Discapacidad: freno judicial al Gobierno en defensa de un centro terapéutico

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La Justicia federal le ordenó al Gobierno que sostenga la categorización del Centro de Rehabilitación y Educación Psicomotriz (CEREP) de Flores.

Mientras que el Senado tratará en los próximos días el proyecto de ley de Discapacidad que el oficialismo se vio obligado a presentar, la Justicia federal le ordenó al Gobierno que mantenga la categorización de un centro terapéutico. Se trata del Centro de Rehabilitación y Educación Psicomotriz (CEREP) de Flores, que atiende a 61 personas con discapacidad. A partir de una auditoría en junio de este año, la Secretaría Nacional de Discapacidad había quitado al CEREP del Registro Nacional de Prestadores y, con eso, puso en riesgo el tratamiento de los niños, adolescentes y adultos que allí reciben atención especializada.

La medida cautelar fue firmada por el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N.° 10, a cargo de Walter Lara Correa. En el escrito, el magistrado ordenó una nueva inspección al lugar y que, mientras tanto, se mantenga al centro de rehabilitación en el Registro Nacional de Prestadores, el cual habilita a las instituciones a trabajar con las obras sociales y permite que una mayor cantidad de personas puedan acceder a los tratamientos.

En Flores, el CEREP atiende a unas 61 personas con distintas discapacidades, entre ellas autismo, psicosis y discapacidad intelectual. Del total, 25 personas viven allí y las 36 restantes concurren periódicamente para sus respectivas terapias, brindadas por un staff de 40 personas, entre personal de asistencia y prestadores.

Los inspectores delegados por el Gobierno nacional que realizaron la auditoría en junio alegaron que el lugar tenía “irregularidades edilicias y de funcionamiento, problemas de accesibilidad, deficiencias en materia de seguridad y observaciones sobre la documentación y la organización de los tratamientos”. Por esa razón, decidieron borrar al CEREP del Registro Nacional, tanto en la función de Centro Educativo Terapéutico como en la de Hogar con Centro Educativo Terapéutico.

Si bien esta resolución no inhabilitaba al centro a prestar sus servicios, el hecho de excluirlo del listado a nivel nacional le impedía a la institución trabajar con obras sociales, por lo que la gran mayoría de las personas que se tratan en el CEREP corrían riesgo de quedarse sin cobertura.

El juez Lara Correa aclaró que la medida no anuló el procedimiento administrativo iniciado por el Gobierno ni cuestionó sus facultades de fiscalización. En su lugar, ordenó que se realice una nueva auditoría y, hasta entonces, que se mantenga a la institución en el registro a nivel nacional. Para ello, el magistrado citó las llamadas “Reglas Papa Francisco para el trato humano de personas excluidas”.

Se trata de un conjunto de 18 directrices orientadas a incorporar una perspectiva humanitaria en el desarrollo de los tribunales, con el fin de evitar que se reproduzca la exclusión estructural, la indiferencia o la “cultura del descarte”.

“A ello cuadra añadir las reglas del Papa Francisco para el trato humano de personas excluidas, reglas que reconocen que normativas, procesos o sentencias judiciales en clave de vencedores y vencidos no dan respuesta adecuada al derecho a la dignidad de cada persona”, fundamentó Lara Correa.

Antes de tomar la decisión, el juez convocó a ambas partes a una audiencia el 14 de octubre, en la que resolvieron realizar un nuevo recorrido por el lugar en cuestión. De la inspección ocular participaron funcionarios del Poder Judicial, autoridades del Ministerio de Salud, los inspectores de la auditoría original y representantes del CEREP.

Los funcionarios dieron cuenta de las reparaciones en las ventanas, mayores medidas de seguridad y mejoras en las instalaciones sanitarias, además de arreglos en el mobiliario. En esa línea, constataron las condiciones de los espacios de alojamiento y de los elementos de higiene personal. En el acta, la representante del Poder Judicial determinó que, “en líneas generales, las observaciones efectuadas en el acta de la auditoría de fecha 12/06/26 fueron subsanadas”.

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