sábado, agosto 8, 2026

Un juez puso a la SIDE contra las cuerdas por los archivos de la dictadura

El CELS, Abuelas de Plaza de Mayo y Memoria Abierta vienen reclamando que el organismo que dirige Cristian Auguadra entregue la documentación relativa al período 1976-1983. Lara Correa sostuvo que la negativa era “arbitraria e ilegítima”.

La negativa de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) a entregar documentación sobre los años de la última dictadura es “arbitraria e ilegítima”. Así la definió el juez federal Walter Lara Correa, que avaló un pedido del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)Abuelas de Plaza de Mayo y Memoria Abierta para acceder a archivos relativos al período 1976-1983.

El 24 de marzo de 2025, cuando aún podía pararse ante un estrado sin temor a las preguntas sobre su patrimonio, Manuel Adorni anunció que la SIDE desclasificaría información, dando cumplimiento al decreto 4/2010 de Cristina Fernández de Kirchner –que le quitaba la clasificación de seguridad a los documentos producidos durante la última dictadura militar que no estuvieran asociados al tema Malvinas.

Ante la falta de información sobre la supuesta desclasificación, el CELS, Abuelas y Memoria Abierta iniciaron un pedido de acceso para conseguir los documentos y las herramientas archivísticas que se habían producido desde que el gobierno de Alberto Fernández había anunciado que existían archivos de los años de la represión en la SIDE.

En 2020, Cristina Caamaño, por entonces interventora en la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) –actual SIDE–, creó un programa para relevar la información que se hubiese producido hasta el 9 de diciembre de 1985, día en que la Cámara Federal porteña dictó la sentencia contra los integrantes de las tres primeras juntas militares.

Caamaño, además, entregó documentación a organismos de derechos humanos sobre los seguimientos que sufrieron durante la dictadura y conformó una mesa conjunta para entender cuáles eran las necesidades para avanzar con las investigaciones judiciales y con la búsqueda, por ejemplo, de los bebés apropiados durante los años del terrorismo de Estado.

En paralelo, las distintas intervenciones de la AFI –tanto la de Agustín Rossi como la de Ana Clara Alberdi– continuaron remitiendo información a los juzgados para contribuir con las causas por crímenes de lesa humanidad. En particular, el juez federal Daniel Rafecas recibió legajos, organigramas y sumarios para la investigación sobre los tres centros clandestinos que dependían de la SIDE: Automotores Orletti, Bacacay y Pomar.

Cuando Javier Milei llegó al Gobierno, se desarmó la mesa conjunta. Cuando los organismos de derechos humanos preguntaron por esa instancia de articulación, Sergio Neiffert –primer interventor en la entonces AFI de la gestión libertaria– contestó que creía que ya no era necesaria. La decisión coincidió con otras políticas similares de restringir el acceso a los archivos, como el desmantelamiento de los equipos de relevamiento que funcionaban en el Ministerio de Defensa o el rechazo a enviar documentación a la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (Conadi), que se dedica a colaborar con las Abuelas en la búsqueda de los bebés robados.

La SIDE mileísta fue encontrando distintas excusas para no entregar la documentación que pedían el CELS, Abuelas y Memoria Abierta. Entre los materiales que requirieron las organizaciones estaban los sumarios administrativos, las órdenes del día, los dictámenes y resoluciones que firmó Otto Carlos Paladino –primer jefe de la SIDE durante la dictadura–, la normativa, los organigramas y los recibos de sueldos de los agentes. También pidieron información relativa a Magíster, la agencia de seguridad que montó Paladino con varios de los represores que actuaron en Automotores Orletti. Además, solicitaron que se entreguen las herramientas archivísticas que se fueron generando desde que Caamaño creó el programa de relevamiento, como inventarios o cuadros de clasificación.

En primer lugar, la SIDE adujo que tenía mucho trabajo como para buscar y entregar esa documentación. En segundo lugar, afirmó que ya había desclasificado información. De hecho, el 19 de marzo –a cinco días del 50º aniversario del último golpe de Estado– la SIDE publicó 26 documentos relativos a los años ‘70. A finales de abril, volvió a repetir la estrategia. En esa oportunidad, difundió 17 documentos.

Las organizaciones de derechos humanos dijeron que la SIDE había hecho una selección unilateral de documentos, que no respondía a los pedidos que venían haciendo. Únicamente reconocieron que había difundido los organigramas de 1976 y 1977.

Las excusas no sirvieron ante el juez Lara Correa. “La publicación invocada por la SIDE no aparece como una respuesta integral, específica y correlativa al pedido de acceso formulado”, señaló el juez.

“De las constancias de la causa surge que el material difundido durante la sustanciación del proceso comprende sólo un conjunto limitado de documentos, seleccionados por el propio organismo, sin que ello permita tener por satisfechos los demás extremos comprendidos en la solicitud”, añadió Lara Correa.

En su fallo, el juez citó jurisprudencia tanto de la Corte Suprema como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Para el máximo tribunal, el derecho de acceso a la información se rige por el principio de “máxima divulgación”, que implica que toda la información es accesible salvo un sistema restringido de excepciones.

“La invocación genérica de razones de seguridad, defensa o inteligencia no basta para desplazar el principio de máxima divulgación”, remarcó Lara Correa.

Entre otras cosas, la SIDE decía que no podía entregar los inventarios o las descripciones archivísticas porque son “secretos”. En ese sentido, el juez sostuvo que el organismo podría recurrir al sistema de tachas para preservar la información que necesita reserva.

Lara Correa le ordenó a la SIDE, que dirige el contador Cristian Auguadra, que dicte un nuevo acto fundado para responder al pedido de acceso que formularon el CELS, las Abuelas y Memoria Abierta. “La denegatoria mantenida por la Secretaría resulta arbitraria e ilegítima, en tanto no satisface los recaudos previstos por el régimen normativo aplicable al caso de autos”, subrayó el magistrado.

Según pudo confirmar Página/12, tanto los organismos de derechos humanos como la SIDE apelaron la resolución de Lara Correa. Este viernes, el juez remitió el expediente a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal para que resuelva.

El CELS, Abuelas y Memoria Abierta sostienen que el juez directamente debió haberle ordenado a la SIDE que entregue la documentación. El artículo trece de la ley 27.275 (Acceso a la Información Pública) sostiene que “la falta de fundamentación determinaría la nulidad del acto denegatorio y obligará a la entrega de la información requerida”.

Para los organismos de derechos humanos, la SIDE no debería tachar la documentación, como sugirió el juez, ya que el decreto 4/2010 de Cristina Fernández de Kirchner –invocado por la SIDE al momento de hacer públicos algunos archivos– eliminó la clasificación de seguridad para la documentación relativa al período 1976-1983.

Más allá de la declamación de que la SIDE buscaba dejar atrás décadas de “opacidad”, el Gobierno persiste en restringir el acceso a los archivos que pueden servir para nutrir investigaciones judiciales o colaborar en la búsqueda de los nietos y las nietas que las Abuelas buscan.

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